Notas
Tomando en cuenta la falsedad de esas declaraciones, la comunidad concluyó que se ignoraba qué sustancias se derramaron y que, además de los plaguicidas, la población estuvo expuesta a los disolventes y a los productos de la combustión. Nunca se supo cuáles plaguicidas había en la planta en el momento del accidente ni cuáles se formulaban o almacenaban en ella; mucho menos las cantidades aproximadas.

Aunque la comunidad había perdido la confianza en las autoridades porque no recibió atención médica adecuada, se declaró dispuesta a colaborar con las autoridades de salud, pero solicitó atención de mejor nivel para los enfermos (a quienes se les negó acceso a sus expedientes) y apoyo para estudios más profundos. También preguntó sobre el significado estadístico de los resultados del estudio epidemiológico realizado por la secretaría citada y si, con base en ellos, se podía afirmar que hubo daño a la salud. El sector salud nunca respondió.

Fideicomiso. El gobernador del estado aportó dinero para formar un fideicomiso en apoyo de los afectados pero el alcalde negó reiteradamente que hubiera enfermos a causa de la explosión y aplicó el dinero a otros fines.

Comisión Nacional de Derechos Humanos. Un mes después del accidente, la comunidad presentó una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la cual, después de evaluar los acontecimientos, en su recomendación 99/91 del 29 de octubre, consideró que las autoridades federales de ambiente y salud habían sido omisas en sus responsabilidades y causado la violación de los derechos constitucionales de los afectados debido a que, conforme a la legislación vigente, las actividades de la empresa eran extremadamente peligrosas para la salud y el ambiente y requerían precauciones especiales para el manejo de las sustancias.

Entre las principales omisiones, la CNDH señaló que, en la empresa: a) el manejo de los materiales peligrosos no fue adecuado, b) los mecanismos de seguridad eran deficientes, c) los desechos de su funcionamiento no eran bien manejados, d) no había un sistema para enfrentar contingencias químicas, y e) no se cumplía con las más elementales normas de higiene y mantenimiento, a pesar de lo cual, y de las frecuentes quejas de la población aledaña, la planta tenía licencias renovadas en fecha reciente por las autoridades de salud y ambiente.

La CNDH cuestionó que se le hubiera permitido operar por más de veinte años sin que cumpliera con los requisitos de seguridad que se le debieron exigir desde un principio. Destacó que era inexplicable que cinco meses antes del siniestro la delegación estatal de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología hubiera considerado que las condiciones de seguridad de la empresa eran aceptables, a pesar de que violaba flagrantemente múltiples disposiciones legales. Y que, después del incendio, la propia delegación hubiera determinado que la empresa había incumplido con la mayoría de las condiciones que se le habían impuesto.

La CNDH determinó que las autoridades competentes actuaron demasiado tarde al imponer sanciones a la empresa después del desastre, el cual causó serias afectaciones a la salud de la población y al ambiente y puso en riesgo la estabilidad ecológica de la ciudad, enfatizando que el inmueble ya estaba remozado y casi listo para reanudar actividades, a pesar de que las autoridades federales de ambiente se habían comprometido a evaluar los riesgos de su demolición, así como a presentar el Plan de Contingencia Ambiental para Sustancias Químicas y los avances del estudio de impacto ambiental que comisionó al Instituto de Ecología, AC, sin cumplir ninguna de estas promesas.

En cuanto a las autoridades federales de salud, la CNDH notó que la licencia sanitaria tenía vigencia hasta octubre de 1992, lo que hacía suponer que se le otorgó sin valorar las condiciones de operación de la empresa y consideró que la falta de apego a las normas en la materia, el descuido y la negligencia contribuyeron al siniestro. Sobre la queja de la población afectada respecto a la falta de informes de las acciones de estas autoridades después del incendio, afirmó que la SSA se había comprometido a enviar un informe, pero no lo hizo.

Considerando que las consecuencias del incendio de Anaversa eran graves y que las afectaciones al ambiente y la salud pudieran ser irreversibles, la CNDH consideró esencial que se diseñaran programas de prevención y control de dichos efectos. Y, en vista de las propiedades del 2,4-D, recomendó que se desarrollara la metodología necesaria para determinar dioxinas en los expuestos, lo que tampoco se hizo.

Finalmente, la CNDH consideró que hubo daños a la salud de la población y contaminación de agua, suelo y plantas en la zona afectada y recomendó a las instancias federales correspondientes que: a) ordenaran una investigación exhaustiva de los motivos por los cuales se le renovaron a Anaversa las licencias sanitaria y de funcionamiento, cuando era evidente que no reunía los requisitos indispensables para operar y b) informaran a la población de Córdoba y a la CNDH, de manera clara y permanente, sobre los avances de los estudios y acciones que llevaran a cabo a raíz del incendio.

A la de Salud le recomendó que realizara: a) un censo integral de la población que estuvo expuesta de manera aguda (bomberos, cuerpos de rescate, voluntarios, obreros y vecinos de la planta) y b) estudios epidemiológico y de colinesterasa complementarios de los que tenía en curso e informara periódicamente a la CNDH de sus avances.

A la SEDUE le solicitó que 1) llevara a cabo los estudios necesarios para determinar la pertinencia de demoler el inmueble de Anaversa, 2) difundiera ampliamente entre la opinión pública el Plan Nacional de Contingencia para Accidentes Ambientales, incluyendo cuándo y cómo debía operar, así como los organismos responsables de realizarlo, señalando claramente las responsabilidades de cada uno.

A pesar de la resonancia nacional e internacional, bastaron pocos años para que este caso pasara al olvido oficial. Y lo peor, que en 1999 la CNDH declarara que esta recomendación había sido “totalmente cumplida” aunque las autoridades de salud y ambiente no lo hubieran hecho.

Deficiencias que afectaron la eficacia de las acciones
Después del incendio se supo que las autoridades municipales y el cuerpo de bomberos suponían que Anaversa era solamente un almacén y distribuidora de plaguicidas y desconocían sus actividades de formulación. Por lo tanto, cuando acudieron a controlar el incendio, los bomberos no iban preparados para lo que encontrarían, aunque, de todos modos, por su condición de voluntarios, no habían sido capacitados para enfrentarse a una emergencia de este tipo y magnitud. No contaban con equipo de protección adecuado y estuvieron excesivamente expuestos a diversas sustancias tóxicas y, por lo tanto, en riesgo grave de desarrollar enfermedades a largo plazo.

Los dueños de la planta no proporcionaron una lista comprobable de los productos que se formulaban o almacenaban allí y de las materias primas respectivas, las que hasta el momento se desconocen.

No se tenía información sobre los posibles productos de degradación y reacción de los plaguicidas que se incendiaron; mucho menos sobre sus efectos adversos a corto y largo plazo sobre la salud. Sin embargo, por las características de dos de ellos (pentaclorofenol y 2,4-D), las consecuencias del accidente tenían forzosamente que ser muy graves, puesto que, al estar sometidos a altas temperaturas, esos plaguicidas generan dioxinas, contaminantes de elevada persistencia y gran toxicidad crónica, lo que las autoridades locales y las federales de salud y ambiente prefirieron ignorar.

Debido a que la conexión de la planta con el drenaje municipal era clandestina, en un principio no se supo cuál era la ruta del drenaje de la planta lo que impidió que las autoridades clausuraran de inmediato los pozos contaminados.

No existía un plan local para enfrentar emergencias químicas. Este sigue siendo el caso, ahí y en el país, como lo demuestran las emergencias químicas posteriores.

Evaluación de las acciones de las autoridades de salud. Inmediatamente después del incendio, el sector salud debió compilar una lista exhaustiva de los expuestos, incluyendo los residentes a lo largo de los arroyos La Sidra, Tepachero y Las Conchitas, y de quienes obtenían agua de pozos artesianos asociados con estos arroyos.

También, convocar a los expertos en este tipo de problemas, en particular sobre los efectos adversos de plaguicidas y dioxinas, para que diseñaran un plan de seguimiento a largo plazo. Debió asegurarse de que en el diseño del cuestionario para el estudio epidemiológico participaran toxicólogos y expertos en química de plaguicidas para asegurar que dicho cuestionario cubriera los principales riesgos de los expuestos.

Igualmente, debió buscar de inmediato apoyo para realizar el muestreo y los análisis de agua, suelos y alimentos y, después, para los de tejido adiposo u otros tejidos humanos en busca de las dioxinas que se pudieron formar durante el incendio.

En cuanto a las acciones para evaluar los efectos a largo plazo, el estudio epidemiológico debió incluir preguntas sobre los posibles efectos adversos para la salud debidos a otros plaguicidas que pudieron estar presentes en el accidente. Además, el personal de salud de la ciudad debió recibir información y capacitación para detectar los efectos a largo plazo de dichos plaguicidas, así como los de sus posibles productos de reacción y degradación, para dar atención adecuada a los enfermos.

Otras autoridades. Las autoridades estatales demostraron una gran irresponsabilidad e ignorancia al dotar de una suma muy baja al fideicomiso que debería haberse constituido para atender a los afectados por el accidente, como si éstos fueran a padecer una enfermedad leve y de corta duración.

Por su parte, las autoridades municipales también demostraron irresponsabilidad e ignorancia cuando, amparadas en la negativa de las autoridades de salud a reconocer que los síntomas de los afectados estaban relacionados con la explosión, dedicaron el dinero que debió depositarse en un fideicomiso a construir una reja para un “parque ecológico” privado, negándoles a los enfermos el escaso apoyo que hubieran podido darles.

Algunas lecciones de Anaversa
En el nivel local. Las autoridades municipales en las zonas industriales del país deben estar informadas de todas las empresas químicas que allí operan, tenerlas ubicadas en un mapa, mantener una vigilancia continua sobre ellas, asegurarse de que tienen licencias válidas y, mediante visitas ocasionales no programadas, cerciorarse de que operan de acuerdo con la legislación vigente.

Los bomberos y los grupos de salud locales deben tener acceso a la información anterior para estar preparados en caso de emergencias, incluyendo los materiales adecuados contra incendios, equipo de protección, antídotos, etcétera.

Las empresas que se encuentren en áreas urbanas deben ser reubicadas.

En el nivel nacional. Debe existir un plan nacional, con componentes regionales y locales, para enfrentar estas emergencias, ya que el Plan DN-III en vigor no es adecuado.

En sitios con industrias químicas, las comunidades deben ser informadas y capacitadas para actuar correctamente en caso de una emergencia.

Debe haber colaboración entre toxicólogos y epidemiólogos para planear los estudios de seguimiento a largo plazo de dichas emergencias.

Debe establecerse una red nacional de laboratorios especializados en análisis de residuos y análisis especiales. Esta red debe intercalibrarse con laboratorios internacionales y contar con sistemas de aseguramiento de la calidad.

El accidente de Dragón, 2010
A finales de los años 80 del siglo pasado, se estableció en los terrenos abandonados de un antiguo campo de aviación civil, en el Barrio de Santiago Mihuacán, Izúcar de Matamoros, Puebla, la empresa Maquiladora de Polvos, SA de CV, filial de Agricultura Nacional, al igual que Anaversa.

Como consecuencia del accidente de ésta, los vecinos de Córdoba impidieron que la empresa se reinstalara ahí, por lo que se trasladó a Izúcar de Matamoros, en donde, en febrero de 1996, inauguró dos plantas de plaguicidas: una productora de polvos e inertes y una envasadora de plaguicidas. A partir de ese año, empezaron a funcionar en ese sitio las empresas Dragón, Inertes e Insecticidas de Izúcar, Agricultura Nacional, Compañía Maquiladora de Polvos, Transportadora Dragón y Servicio de Transporte de Carga Dragón, dedicadas a la producción, maquila y transporte de 27 plaguicidas, 17 herbicidas y dos rodenticidas.

Estas empresas han tenido varios problemas de seguridad; por ejemplo, según testimonio de un trabajador, en el año 2000, en Agricultura Nacional explotaron cuatro tambos, con 198 kilos de monocrotofós cada uno. Según el Primer Listado de Actividades Altamente Riesgosas (DOF, 28/03/1998), el derrame de un solo kilo de este plaguicida hubiera sido suficiente para causar una afectación significativa a la población o a sus bienes y se debió reportar a la autoridad; sin embargo, no se informó a la población de Izúcar ni a las autoridades.

En general, Agricultura Nacional actuó continuamente con negligencia y descuido en sus instalaciones de Izúcar. Era común que entregara a escuelas de la región, tambos vacíos que contuvieron plaguicidas para ser usados como recipientes para basura. Otras veces, empleados de la empresa se llevaban a sus hogares la madera de las tarimas contaminadas con derrames de plaguicidas y las utilizaban como cercas o combustible para preparar sus alimentos. Otros construían sus jacales con estas tablas, a pesar de su desagradable olor.

Aproximadamente a las 10:30 de la noche del 23 de marzo de 2010, dos tambos que, según Agricultura Nacional, contenían dimetoato, hicieron explosión causando alarma en los habitantes de la zona. No hubo confirmación oficial o independiente de que efectivamente se haya tratado de este producto y esas cantidades y no de otro o varios más.

A pesar de que la Secretaría de Salud del estado reportó 128 intoxicados por este accidente, el secretario de Gobernación y el director de Protección Civil de Puebla manifestaron que el dimetoato no era peligroso.

El 24 de marzo se organizó una marcha en la que algunos vecinos exigieron al presidente municipal la salida de la empresa Agricultura Nacional. Después de la marcha, unos 300 pobladores nombraron un Consejo Ciudadano para hacerse cargo de la defensa de la comunidad contra la empresa Dragón. Entre las primeras acciones de este consejo estuvo exigir a la empresa que retirara todas las sustancias peligrosas que existían en ella, lo que los dueños aprovecharon para retirar toda evidencia que los pudieran comprometer por el manejo inseguro de sus productos y materias primas.

A raíz de este accidente, las autoridades federales y estatales anunciaron la clausura de la empresa por tres meses para hacer el “estudio de impacto ambiental”, a pesar de que dicho estudio debería haberse presentado y aprobado antes de que se inaugurara la planta.

Un año después del accidente, en la parte legal se han entregado documentos exponiendo el problema al gobierno estatal y federal. El primero no ha contestado y el segundo envió el asunto a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, (Profepa), para que lo atienda. También se han presentado denuncias ciudadanas en materia ambiental a la delegación Puebla de Profepa. La Presidencia Municipal mantiene clausurada a la empresa por presión del movimiento ciudadano.


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